PRINCIPALES ASPECTOS DEL DECRETO 639 DE 2020
Por la nueva declaratoria de Estado de Emergencia, por parte del Gobierno Nacional, a través del decreto 637 de Mayo de 2020, donde se tomaron nuevas medidas con el fin de reducir la crisis generada en la economía nacional durante la pandemia generada por el COVID-19. Se da a conocer un nuevo plan del Gobierno para ayudar al empleo formal y a las empresas del país en medio de esta emergencia, por medio de subsidios a las nóminas de las empresas, establecidas en el Decreto 639 de Mayo de 2020.
Los principales datos que se encuentran en esta norma, son los siguientes:
- Se crea el Programa de Apoyo al Empleo Formal (PAEF).
- El Subsidio será por lo menos de tres (3) meses comprendidos en Mayo, Junio y Julio de 2020, Subsidio que tiene que ser reclamado solo una vez en el mes.
- Se prevé que al menos seis millones de trabajadores formales se van a beneficiar con esta medida.
- La norma describe que el subsidio otorgado es el equivalente al 40 % de un salario mínimo legal mensual vigente por cada trabajador.
- El subsidio será girado a través del sistema financiero (banco en el cual se maneje la nómina), únicamente para las nóminas que están bancarizadas.
- Las sociedades que no tienen bancarizadas las nóminas de sus empleados, deben certificar que tienen en regla la Planilla Integrada de Liquidación de Aportes (PILA).
Los requisitos principales para ser beneficiario del subsidio son:
- Sociedades que hayan sido constituidas antes del 1° de enero del año 2020.
- Sociedades que cuenten con un registro mercantil que haya sido renovado por lo menos en el año 2019. Este requisito únicamente aplica para las personas jurídicas constituidas en los años 2018 y anteriores.
- Demuestren la necesidad del aporte estatal, certificando una disminución del veinte por ciento (20%) o más en sus ingresos. Esta certificación debe ir firmada por el Revisor Fiscal, en caso de no estar obligado a tener revisor fiscal debe firmar el contador.
- Sociedades que no hayan recibido el aporte de que trata el presente Decreto Legislativo en tres ocasiones.
- Diligenciar el Formulario de Postulación al Programa de Apoyo al Empleo Formal – PAEF.
Quedaremos a la espera en las próximas semanas de nuevos pronunciamientos para poder acceder a estos beneficios por parte del Ministerio de Hacienda, entidad que deberá regular como se realizará el cálculo de la disminución de los ingresos (Art 2°, Par. 4°) y deberá decretar los plazos para que las sociedades puedan presentar la postulación al beneficio (Art. 4°, Par. 2°).