Últimos cambios en facturación y nómina electrónica

Debido a las múltiples solicitudes de los contribuyentes la Dirección de Impuesto y Aduanas Nacionales el pasado 31 de julio emitió la Resolución 063.

Los cuatro artículos de fondo se pueden resumir de la siguiente manera:

Modifica la fecha de disponibilidad de las funciones del sistema de facturación electrónica para la implementación de los anexos técnicos que forman parte integral de las resoluciones 0012, 0013 y 0015 del 9 y 11 de febrero del 2021 respectivamente, ampliando el plazo hasta el próximo 18 de agosto de 2021.

Esta fecha no aplica para la habilitación, generación y transmisión del documento soporte de adquisiciones de bienes y servicios a no obligados a expedir factura o documento equivalente, este anexo técnico tiene como fecha máxima para su implementación el 31 de enero del 2022.

Se debe tener claridad ya que la resolución NO modifica el calendario de implementación del documento soporte de pago de nómina electrónica y de sus notas técnicas, solo aplaza la fecha de inicio de habilitación en el servicio informático electrónico de la nómina electrónica y mantiene las fecha a los empleadores con más de 250 trabajadores que tienen hasta el 1ero de septiembre del 2021 para iniciar con la generación y transmisión del documento soporte de la nómina electrónica, para los empleadores con un rango de 101 a 250 trabajadores tienen hasta el 1 de octubre de 2021, los que están en el rango de 11 a 100 trabajadores hasta el 1 de noviembre de 2021 y empleadores que están en el rango de 1 a 10 trabajadores tienen hasta el 1 de diciembre de 2021.

Lo que sí hizo fue adicionar un parágrafo transitorio para los empleadores con un número superior a 250 trabajadores (grupo 1), los cuales podrán generar y transmitir el documento soporte correspondiente al mes de septiembre, a más tardar el 29 de octubre de 2021.

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