Recuerden que las empresas deberán dar cumplimiento al Parágrafo 2° del Artículo 28 de la Resolución No. 312 de 2019, en donde a finales del año 2020, el Ministerio de Trabajo colocaría a disposición de los empresarios, una plataforma o aplicativo para reportar su Autoevaluación y su respectivo plan de mejoramiento.
Con base en lo anterior, el 30 de Noviembre del 2020 el Ministerio de Trabajo, expidió la Circular 071 de 2020, en donde informa a todos los empleadores y a todos los contratantes, que está disponible la aplicación para el reporte de la Autoevaluación de estándares mínimos del Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo –SG-SST, el cual deberá reportarse a más tardar el 31 de diciembre del año 2020, donde se deberá registrar la información de los años 2019 y 2020 en los formatos establecidos.
Así las cosas, recomendamos diligenciar en la plataforma dicho reporte de manera oportuna.